Alejandra Mancilla
pp.: 1-5
Desde la historia, la filosofía y el derecho, los artículos del siguiente número especial examinan -a 60 años desde su entrada en vigor- diferentes aspectos del Tratado Antártico y su evolución.
Consuelo León Wöppke
pp.: 6-22
Se analizan las causas por las cuáles la literatura antártica nacional muestra un cauto silencio desde la entrada en vigor del Tratado Antártico (TA) en Chile, en 1961. Por una parte, se pretende explicar cómo fueron entendidos los compromisos que el país había adquirido al suscribir el TA; y por otra, identificar quiénes eran considerados como los especialistas antárticos más influyentes, y cuáles eran sus opiniones sobre el tema. En cuanto a las fuentes, se utilizaron principalmente revistas especializadas y artículos del diario La Unión de Valparaíso. Con el afán de conseguir una mirada académica e independiente, se utilizó un mínimo de documentación oficial.
Pablo Gabriel Fontana
pp.: 23-43
La mayor parte de la historiografía sobre el Tratado Antártico se centró en las negociaciones que le dieron origen y presentaron al Año Geofísico Internacional 1957/58 como punto de partida del mismo, resaltando la cooperación internacional, paz y ciencia que surgieron de ese memorable evento. Sin embargo, en el nacimiento del Tratado también nos encontramos con una situación conflictiva, determinada, entre otros factores, por el llamado "Problema Antártico": la superposición de los reclamos sobre la Península Antártica, que amenazó con desencadenar la primera guerra del continente. Aquí exploramos los hechos más significativos de esa confrontación, centrándonos en el caso argentino.
Alfonso Donoso Moscoso
pp.: 44-57
El Protocolo al Tratado Antártico Sobre Protección del Medio Ambiente determina los principios ambientales que rigen la actividad humana en Antártica. Además de expresar la convicción de los estados signatarios acerca de "la necesidad de mejorar la protección del medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados" (Preámbulo), el Protocolo hace explícito el compromiso de proteger "el valor intrínseco de la Antártica, incluidos sus valores naturales y estéticos" (Art. 3). Esto se presenta como una de las "consideraciones fundamentales en la planificación y realización de todas las actividades en el área del Tratado Antártico" (Art. 3). En este artículo me concentro en esta dimensión axiológica del Protocolo, defiendo la importancia de la inclusión de la idea de valor intrínseco en el documento, y presento lo que considero es un desafío sustantivo en la articulación del concepto de valor en el Protocolo, a saber, la determinación precisa de qué es intrínsicamente valioso en Antártica. El trabajo cierra con un esbozo de respuesta a este asunto escasamente estudiado por aquellos que se interesan por la Antártica y su medioambiente
Luis Valentín Ferrada
pp.: 58-72
El sistema de gobernanza de la Antártica es un caso sui generis, en que se combina el ejercicio soberano de siete Estados con una co-administración de parte de los Estados Consultivos del Tratado Antártico. Por la importancia que tal continente representa para el mundo, se aproxima a la situación de los global commons, una de cuyas posibilidades de gobernanza es desde la perspectiva del interés común de la humanidad. El presente artículo reflexiona sobre el significado que esto posee y los desafíos que representa en general y respecto al Sexto Continente. Se argumenta que esta ha sido la visión que ha guiado la evolución del Sistema del Tratado Antártico en las últimas seis décadas y que debiera seguir impulsando su desarrollo.