Resumen

El sistema de gobernanza de la Antártica es un caso sui generis, en que se combina el ejercicio soberano de siete Estados con una co-administración de parte de los Estados Consultivos del Tratado Antártico. Por la importancia que tal continente representa para el mundo, se aproxima a la situación de los global commons, una de cuyas posibilidades de gobernanza es desde la perspectiva del interés común de la humanidad. El presente artículo reflexiona sobre el significado que esto posee y los desafíos que representa en general y respecto al Sexto Continente. Se argumenta que esta ha sido la visión que ha guiado la evolución del Sistema del Tratado Antártico en las últimas seis décadas y que debiera seguir impulsando su desarrollo.